
AUDITORIA CONTABLE
Estrategia global y Plan de Auditoria
para empresas. Normas IFRS
En que consiste una auditoria?
La auditoría es un control selectivo efectuado por un grupo independiente del sistema a auditar, con el objetivo de obtener información suficiente para evaluar el funcionamiento del sistema bajo análisis o también, un exámen de la información contable por parte de una tercera persona distinta de la que la preparó y del usuario, para establecer su razonabilidad.
Cual es el enfoque de la auditoria?
La auditoria debe adaptarse a las particularidades de cada entidad en un sentido eminentemente eficiente y brindando un servicio individualizado, valioso tanto para la dirección de la empresa como para los usuarios de sus EECC.
Se entiende por enfoque de auditoria a la definición sobre la clase de pruebas que se aplicaran dentro del procedimiento mismo, es decir, a aquellas pruebas analíticas, de cumplimiento o sustantivas. Los riesgos y el enfoque previos a esas pruebas deberán ser confirmados con posterioridad o podrán ser modificados de acuerdo con los resultados que se vayan obteniendo.
Como se lleva a cabo el proceso de auditoria?
Los procesos o etapas esenciales de toda auditoria son tres:
1. Planificación
Los procedimientos mas intuitivos en el proceso, podemos definirlos de la siguiente manera:
a) Conocimiento adecuado de la actividad del negocio.
b) Definir las unidades operativas en las que dividir a la entidad.
c) Definir los componentes que forman las unidades operativas
d) Definir las afirmaciones mas importantes que forman parte de los componentes.
e) Esas afirmaciones deben ser verificadas por los sistemas de control
f) Precisar los procedimientos específicos de trabajo que validaran las afirmaciones
2. Ejecución
En esta etapa se llevan a cabo los procedimientos de auditoria planificados en la etapa anterior. En esta etapa se pueden modificar los planes establecidos con anterioridad en virtud de los factores de riesgo adicionales relativos a los sistemas y negocios el cual debe documentarse adecuadamente. Lo fundamental de este proceso es el seguimiento que se hace del desarrollo de los planes aprobados y del trabajo de los integrantes del equipo de auditoria.
3. Conclusión
Aquí es donde los máximos responsables del equipo deben revisar críticamente el trabajo realizado y los EECC llevando a la conclusión de base adecuada para el informe final. La revisión debe concentrarse en aquellas áreas de mayor riesgo a fin de brindar conformidad sobre el trabajo efectuado sobre los mismos.
La evidencia obtenida debe ser sometida a evaluaciones de confiabilidad como ser: NIA 560 “hechos posteriores al cierre” NIA 570 “empresa en marcha” NIA 580 “Declaración de la Gerencia” NIA 700 “Informe del auditor independiente sobre los EC” NIA 705 “Modificaciones de la opinión del Auditor”; NIA 706 “Énfasis del párrafo de opinión principal”; NIA 710 “Comparativos”.
Aprobación RT 54, Norma Unificada Argentina (NUA)
Por Resolución de Consejo Superior N° 22/2022 se aprobó la RT N° 54 “Normas contables profesionales: Norma Unificada Argentina de Contabilidad”.
El objetivo de la NUA consiste en sistematizar y unificar las diferentes resoluciones e interpretaciones emanadas por la FACPCE. La RT N° 54 incluye solamente la Introducción con el alcance de la norma y los lineamientos generales para su uso, y la Primera parte con las normas generales para la confección de los estados contables de todo tipo de entidad, y normas de reconocimiento, baja en cuenta, presentación y notas que, al ser utilizadas, permiten a aquellas entidades cuya estructura organizativa y marco de transacciones no sean complejos, resolver una parte significativa de la preparación de sus estados contables.
La nueva norma resultará de aplicación obligatoria para la preparación de estados contables correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1/1/2024 inclusive, y los períodos intermedios comprendidos en los referidos ejercicios. No obstante, se admitirá la aplicación anticipada para la preparación de estados contables correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1/1/2023 y los períodos intermedios comprendidos en estos ejercicios.
Asimismo, a partir de la aplicación efectiva inicial de la RT 54, se derogan totalmente las RT N° 6, 8 9, 11, 17, 41, 42 y 48; y parcialmente las RT N° 18 y 21.
En el mismo sentido se dejan sin efecto las interpretaciones de normas profesionales 2, 3, 7, 8 y 11 y diversas resoluciones de Junta de Gobierno y de Mesa Directiva de la FACPCE.